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¿Es obligación del empleador proporcionar uniformes a todos sus trabajadores?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 numeral 29 del actual Código del Trabajo, es obligación de todo empleador, el proporcionar cada año de forma gratuita, por lo menos un vestido adecuado para el trabajo a quienes presten sus servicios.
Por lo que es un legítimo derecho del trabajador, el exigir a su empleador que cada año, se le proporcione un uniforme o vestido adecuado para el desempeño de sus funciones, caso contrario podría ser objeto de sanciones por parte del Ministerio de Trabajo.
En dicho sentido y con el objeto de reglamentar dicha obligación, el Ministerio de Trabajo mediante Acuerdo Ministerial No. 47 de fecha 27 de Marzo de 2013, expidió el instructivo para la imposición de multas por incumplimiento de obligaciones de los empleadores, estipulando que la falta de dotación de uniformes al personal, constituye una falta grave, estableciéndose que las sanciones se establecerán por el número de trabajadores que han sido afectados directamente por la infracción en la que hubiere incurrido el empleador.
Cabe mencionar que la sanción económica que se le podrá imponer al empleador, dependerá si la sanción es impuesta por algún inspector del trabajo o directamente por el Director Regional del Trabajo, las mismas que podrán ser verificadas por dichos funcionarios, al momento en que se efectúen inspecciones laborales a los distintos empleadores, a fin de verificar el cumplimiento de dichas obligaciones y/o cuando se hayan interpuesto quejas o denuncias anónimas por parte de los trabajadores, ante dichos incumplimientos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 numeral 29 del actual Código del Trabajo, es obligación de todo empleador, el proporcionar cada año de forma gratuita, por lo menos un vestido adecuado para el trabajo a quienes presten sus servicios.
Por lo que es un legítimo derecho del trabajador, el exigir a su empleador que cada año, se le proporcione un uniforme o vestido adecuado para el desempeño de sus funciones, caso contrario podría ser objeto de sanciones por parte del Ministerio de Trabajo